¿Qué no cubre la Seguridad Social?

Tratamientos y especialidades que no cubre la Seguridad Social

En los últimos años hemos visto cómo se han disparado los tiempos de espera para ciertas especialidades y tratamientos en la Seguridad Social. La situación es más grave de lo que parece, ya que este tiempo se ha disparado hasta en más de 1 año para algunos años.

Hay que tener en cuenta que la Seguridad Social no lo cubre todo, sino que existen algunos tratamientos y especialidades que están excluidos. Si se quiere acceder a ellos, la única alternativa será recurrir a la medicina privada.

Es muy recomendable saber cómo elegir un seguro médico que incluya aquellos tratamientos y especialidades no cubiertos. Es una interesante forma de asegurarnos que seremos tratados por los mejores, en aquellos tratamientos/especialidades que no están cubiertas y por parte de los mejores profesionales.

¿Qué tratamientos y especialidades no están cubiertos por la Seguridad Social?

1. Oftalmología
La única excepción en este campo son las Cataratas. Siendo más específicos, la SS cubre la Operación de Cataratas con Lentes Monofocales; es decir, que si buscas algo más específico, tampoco estará cubierto.

Por ejemplo, si necesitases otro tipo de lentes (como podrían ser las tóricas, trifocales o multifocales), la única manera de operarse de Cataratas será a través de un centro privado.

2. Cirugía plástica
La SS cubre una mínima cantidad de operaciones de Cirugía Plástica, pero tan solo aquellas que entran dentro de lo que se conoce como cirugía reconstructiva (Asimetrías congénitas). También estarán cubiertas aquellas intervenciones derivadas por problemas médicos, o la reconstrucción de una mama tras haber padecido cáncer.

Si nos estamos refiriendo a aquellas intervenciones que no estén relacionadas con malformaciones, accidentes, enfermedades, no serán financiadas por parte de la SS y el paciente o la paciente tendrá que recurrir a la sanidad privada para tratarlas.

Por ejemplo, si se necesita una liposucción, o nos queremos hacer un aumento de pecho, la Seguridad Social no cubrirá las intervenciones.

3. Reproducción Asistida
Están cubiertos unos determinados métodos de reproducción asistida, aunque los tiempos de espera suelen ser superiores a los 6 meses.

Podría cubrir los tratamientos de Inseminación Artificial, pero tan solo si se cumplen algunos requisitos: tener una edad inferior a 40 años, llevar intentando concebir 1 año sin éxito y tan solo cubrirá 3 intentos. La prioridad se les dará a aquellas parejas que todavía no se han sometido a un tratamiento de FIV, frente a los que ya han tenido la oportunidad. No se cubren los métodos de inseminación artificial para mujeres solteras.

El método ROPA es un tratamiento que siguen las parejas con el mismo género, en este caso femenino, para tener hijos. La SS tan solo cubrirá los tratamientos en parejas que tengan un diagnóstico estéril, por lo que no cubriría la inseminación en parejas homosexuales.
En relación a la donación de óvulos, la SS tan solo los cubre en casos muy específicos, con unas condiciones bastante restrictivas. Lo más común es que no estén cubiertos los tratamientos relacionados.

4. Podología
Los tratamientos y especialidades relacionados con la podología están cubiertos en algunos centros y Comunidades Autónomas. Sin embargo, todavía existen algunos lugares de España en donde esta cobertura no ha llegado.

Así que, dependiendo de en dónde vivas, es posible que puedas recurrir a la Seguridad Social, o bien tendrás que buscarte un centro privado para la especialidad.

5. Dental
La Seguridad Social ofrece una cierta cobertura en relación a los tratamientos dentales, aunque es bastante limitada. Tan solo ofrece cobertura en relación con procesos inflamatorios o infecciosos que afectan a la zona bucodental. Esto quiere decir la presencia de traumatismos, lesiones o la extracción de las muelas del juicio.

Sin embargo, si estamos hablando de tratamientos como ortodoncia o implantes dentales, estos no estarán cubiertos por la SS. Tampoco están cubiertos los tratamientos relacionados con dientes de leche.

6. Obesidad mórbida
Hay que tener en cuenta que en la SS sí que se cubre la operación para la  , aunque previamente habrá que consultar si se cumple con los requisitos para ser un candidato o una candidata.

En el caso de que cumplas con los requisitos, el tiempo de espera es muy largo, incluso puede llegar a ser de 3 años de espera para pacientes que quieran operarse.

Uno de los métodos más habituales es la Cirugía Bariátrica, pero no siempre está cubierta por la SS porque no todos los candidatos son idóneos para acceder a la misma. Algunos de los requisitos son tener un IMC comprendido entre el 35 y el 40, además de tener algún factor psicológico que podría explicar la obesidad.

El tratamiento de Bypass Gástrico también está cubierto por la seguridad social, pero siempre y cuando se cumpla con unos requisitos muy específicos. Teniendo en cuenta estos largos tiempos de espera, y que todas las especialidades no están cubiertas, te recomendamos hacerte con un buen seguro médico.

Fuente: Seguros News

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