Recibidas mas de 200.000 solicitudes  de indemnización por la DANA

Recibidas mas de 200.000 solicitudes de indemnización por la DANA

El Consorcio de Seguros recibe más de 200.000 solicitudes de indemnización por la DANA

El Consorcio de Compensación de Seguros refiere en su quinta Nota Informativa que la institución ya ha recibido 200.672 solicitudes de indemnización por los daños provocados por la DANA.

En relación con la grave situación causada por la DANA que ha producido desde el 26 de octubre hasta el 4 de noviembre de 2024 numerosos daños por inundación y por tempestad ciclónica atípica en amplias zonas del este y el sur peninsular y Baleares, muy en particular, las trágicas inundaciones en Valencia y Albacete del 29 de octubre, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) comunica que:

A las 8 horas del 21 de noviembre de 2024 el CCS ha recibido y registrado 200.672 solicitudes de indemnización.

Según tipos de riesgo, el desglose de solicitudes de indemnización recibidos es el siguiente:

Viviendas y cdades. de propietarios: 097 solicitudes de indemnización.
Vehículos automóviles: 394 solicitudes de indemnización.
Comercios, almacenes y otros riesgos: 11.757 solicitudes de indemnización. Oficinas: 908 solicitudes de indemnización. • Riesgos industriales:        3.474 solicitudes de indemnización.
Obras civiles:  42 solicitudes de indemnización.
191.714 de estas solicitudes se localizan en la provincia de Valencia.

2. El desglose de solicitudes por los municipios con mayor número de solicitudes de indemnización es el siguiente (se citan municipios con más de 100 solicitudes y, salvo indicación en contrario, todos pertenecen a la provincia de Valencia):

3. El Consorcio de Compensación de Seguros ha movilizado a más de 1.000 peritos, además de los peritos de las entidades aseguradoras, a los que se les han asignado 145.781 expedientes. Esta colaboración se realiza en virtud del memorando firmado el 13 de noviembre entre el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (Unespa) y el Procedimiento Operativo Especial entre el CCS y Unespa para la colaboración de las entidades aseguradoras en la gestión y peritación de daños producidos en vehículos, viviendas, locales comerciales y oficinas. Este procedimiento va a permitir acortar los plazos con los que el CCS indemniza los daños a los asegurados.

4. Los peritos se pondrán en contacto inicialmente por teléfono con los asegurados identificándose como peritos del CCS, con el nombre de su gabinete y el suyo propio, indicando el número de expediente único asignado a cada siniestro. Se le demandará al asegurado perjudicado la información mínima necesaria para evaluar, tramitar e indemnizar los daños.

5. Se recuerda a todas las personas aseguradas afectadas que pueden solicitar la solicitud de indemnización a través de la página web del CCS (www.consorseguros.es) o del centro de atención telefónica, pero ante la acumulación de solicitudes es muy recomendable, de forma alternativa, que la solicitud de indemnización al CCS se haga a través de sus mediadores o de sus propias aseguradoras en representación de las personas aseguradas que han sufrido los daños. Esta recomendación se hace extensiva a todas las personas aseguradas afectadas por la nueva DANA que comenzó a provocar daños por inundación en el litoral mediterráneo y Baleares el 12 de noviembre.

6. Son requisitos para poder acceder a la indemnización:

• Tener una póliza de seguro vigente y la prima pagada.
• El Consorcio indemniza bajo las condiciones de la póliza de seguro original (bienes, capital, límites, etc.).
• Se cubren los daños causados en personas y bienes asegurados, como viviendas, automóviles, establecimientos comerciales, industrias u obras civiles. También gastos de alojamiento por inhabitabilidad de la vivienda o pérdida de ingresos por paralización de la actividad económica.
• Daños en bienes (materiales directos): La póliza debe cubrir riesgos como incendio, robo o daños a equipos electrónicos. Ejemplos: seguros multirriesgo del hogar, comercio, industria, etc.
• Daños en vehículos: Se necesita tener cobertura por daños al vehículo (ya sea todo riesgo, lunas, robo) o el seguro obligatorio del vehículo (a terceros).
• Daños personales (lesiones o fallecimiento): Se necesita tener un seguro de vida o accidentes con coberturas de fallecimiento, invalidez o incapacidad temporal.
• Pérdida de beneficios: Solo está cubierta si la póliza de seguros la especifica y el daño afecta los bienes asegurados.

7. El CCS seguirá actualizando estas notas informativas y publicando estimaciones conforme se vaya recibiendo más información.

Fuente: seguros newss